El destinar el tiempo del trabajo a navegar en redes sociales puede ser causa de despido procedente, tal y como ha acreditado el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja.
Si destinas el tiempo del trabajo a navegar por redes sociales y no eres el comunity manager de la compañía, puede ser que tu empresa audite tus equipos y te ponga de patitas en la calle, este despido tal y como acredita el TSJ de La Rioja, se puede considerar como causa legítima de despido disciplinario y perderíamos nuestros derechos de indemnización.