Scarlett Johansson ha sido rastreada por un hacker que se ha metido en su teléfono y ha robado todo aquello que le ha parecido interesante.
Hoy nos ha sorprendido una noticia, una de las actrices más cotizadas del universo Hollywood ha vistió como su intimidad ha sido vulnerada, y ha sido espiada en uno de los medios en los que quizás guardamos menor cautela y en el cual guardamos cada vez mas información por el uso extendido de móviles de nueva generación.
En este caso la difusión ha sido sencillamente bestial, ya que ha llegado a todos los confines civilizados de la tierra en apenas horas, haciéndose eco los principales diarios, TV, radios, webs, blogs, Facebook, twitter… y ante esta difusión la actriz ha puesto en conocimiento del FBI el caso para que se proceda a investigar quien es el responsable.
Visto el caso y la posibilidad de que nos ocurra a cualquiera, queremos dar el punto de vista jurídico de la situación. Ni que decir tiene que se trata de una acción ilegal e inmoral. Ilegal ya que vulnera la intimidad, la privacidad y el honor de una persona, y la misma se encuentra protegida en España por el Código Civil y el Código Penal (Titulo X), llegando este último a imponer penas privativa de libertad de uno a cuatro años, por descubrir y revelar la intimidad de otro sin su consentimiento, junto con una pena de multa de hasta doce meses (Art 197 Código Penal Español).
A esta responsabilidad, para nada despreciable, hay que añadir la responsabilidad civil y la posibilidad de acudir a la Agencia Española de Protección de Datos y formular una denuncia para que la misma intervenga e investigue los hechos, este último extremo es de especial importancia si es una empresa o un editor el responsable de la sustracción.