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Los 3 puntos clave en la recogida del consentimiento

Publicado por Emtik & Asociados | Abogados el 20 May 2013 en Conceptos básicos LOPD

Un aspecto básico que se debe de conocer en la empresa es que para poder proceder al tratamiento de los datos es indispensable que la misma cuente con el consentimiento inequívoco del afectado, salvo en el caso de que la ley disponga otra cosa. Vamos a tocar diferentes puntos referentes a la obtención del consentimiento y la forma en que debe de realizarse.

 

  1. GENERALIDADES: El responsable del tratamiento tiene la obligación de obtener el consentimiento en todos los casos salvo aquellos en que las leyes no lo exigen.  La solicitud del consentimiento debe de indicar el tratamiento/os para los que se recoge y su finalidad, así como las condiciones del tratamiento. El afectado debe de ser informado de forma inequívocada la finalidad para que se recojan los datos y la actividad desarrollada por el cesionario. En caso contrario el consentimiento es nulo.
  2. CARGA DE LA PRUEBA: La carga de la prueba recae sobre el responsable del tratamiento, que puede aportarlo por cualquier medio admitido en derecho.
  3. MENORES DE EDAD: Se pueden tratar los datos de los mayores de catorce años con su consentimiento, salvo en los casos que la ley estipula la necesidad de la asistencia del titular de la patria potestad o tutela. Para los menores de catorce años se requiere la autorización de los padres o tutores. En ningún caso se pueden obtener del menor datos que hagan referencia a otros miembros de la familia, como datos sobre su actividad profesional, situación económica, datos sociológicos… En estos casos solo se puede solicitar de ellos la identidad de sus progenitores y su dirección a efectos de solicitarles la autorización. Otro aspecto a tener en cuenta es que si el tratamiento es sobre datos de menores de edad, la información que se dirige a ellos debe de expresarse en un lenguaje comprensible por ellos. Además y para finalizar, hay que señalar que recae sobre el responsable del fichero el articular un procedimiento que garantice que se ha obtenido el consentimiento de los menores, y que es autentico el consentimiento obtenido de los padres.

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